- El derecho de tutela, implica la servidumbre o esclavitud natural de los indigenas. Les conviene por su propio bien someterse a los españoles, ya que son incapaces de gobernarse a sí mismos.
- La necesidad de impedir, incluso por la fuerza, el canibalismo y otras conductas antinaturales que practican los indigenas.
- La obligación de salvar a las futuras victimas inocentes que serían sacrificadas a los dioses falsos.
- El mandato evangelizador de Cristo dio a sus dicípulos y el Papa al Rey Católico.
Tesis de Vitoria (Títulos Injustos)
- Las Bulas de donación papal y el requerimiento que se lee a los indigenas para justificar su sometimiento son titulos menos seguros que los que daría la aplicación del derecho de comunicación, que si es negado por los indigenas permite a los españoles a obtenerlo a la fuerza.
- Niega el derecho de ocupación por la pura aplicación de la fuerza, pero difiende la libertad de transitar por los mares, argumento muy polémico también defendido por Hugo Grocio, y que no conviene al monopolio colonial del comercio con las Indias.
- La evangelización no es una obligación de los españoles, pero sí un derecho de los indigenas.
Fuente:
wikipedia.org
*Derecho indiano: establecer un marco juridico para las colonias españolas. Es un ius civile para los españoles y un gentium para los indigenas porque se le reconoce su idioma, su cultura. Instituciones indianos, el virrey, reales audiencias en esta estaban los oidores que eran funcionarios que escuchaban al pueblo; el juzga de indios los administraba alguien directamente del rey, casi todas las leyes eran a favor de los indigenas, estos siempre fueron vistas como menores de edad cuidando que no les hicieran daño. Una cosa es el mundo indigena y el mundo mestizo juridicamente; los ayuntamientos habia un sindico procurador de los intereses del rey, vigila que todos los actos del ayuntamiento esten apegados a las leyes; el juicio de recidencia, cuando un virrey dejaba su cargo no se podia mover durante un año de ese lugar hasta que viniera un funcionario de España a ver que es lo que había hecho y si encontraba anomalías sancionaba y se los decia al rey de España; tribunal de la acordada, preseguia a los maliantes, asaltantes de caminos; alcaldes mayores que se encarga de la administración de justicia. El criollo es aquel de padres españoles, creció en este mundo, no lo protegian las leyes de los indigenas y los de los españoles. Le toman amor a la tierra, no puede aspirar a la riqueza de los españoles, no encuentra acomodo en su propia tierra, se tiene que consolar con puestos de tercera o cuarta categoría. Genera un sentimiento de conciencia de quien es que no es español ni indigena. Francisco Javier Clavijero acuño el término de mexicano en 1780 y un sentimiento de odio hacia los españoles (sentimiento de pertenencia y de odio). El derecho indiano no pudo incluir a los criollos. En 1700 cambió la dinastía de Hansburgos que eran alemanes a los Borbones que son franceses y estos limitan a los criollos (en España). Ya no podían tener un puesto como los de antes, se dedicaban al sacerdocio sin vocación por querer hacer algo con un resentimiento hacia los españoles. Los tipos ahogados por los españoles son los que se van a levantar encontra de los españoles. Lo que aspira el criollo es a votar a los españoles, que se vallan y que el se quede con todo. Derecho indiano dividio al mundo en dos en indigenas y españoles y en donde no entraban los criollos, fue un sistema jurídico que dividio a los indigenas y a los españoles desde el inicio.
(*) Apuntes de clases
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