viernes, 25 de junio de 2010

Historia Universal y Mexicano del Derecho - Constituciones Imperiales Como Fuente De Derecho

Constituciones Imperiales Como Fuente De Derecho
La jurisprudencia cedió lugar como principal fuente de derecho a la legislación imperial. La intervención del emperador en el campo del derecho acabó por convertirse en la fuente del mismo, mediante las constituciones imperiales.
La Constitutio Principis comprende toda clase de disposiciones emanadas del emperador. Su lema era "quod principi placuit legis legis habet vigorem". Las costituciones imperiales presentan varias facetas: edictos, decretos, epistulae y mandatos.
Junto a estas formas se encontraban los rescripta que, en cuanto emanadas del emperador, se las considera genéricamente como constituiciones imperiales, aunque eran una manifestación de la jurisprudencia vinculada al poder imperial a través del consilium del principe.
Edicta. Lo constituye los criterios emitidos por el emperador en su calidad de maximo magistrado en materia judicial.
Decreta. Lo conforman los criterios sustentados por los magistrados en primera estancia o en apelación.
Rescripta. Son criterios que han sustentado en materia judicial el emperador o magistrados sobre algun topico que en particular evoca al final de sus escritos para sustentar la viabilidad del derecho que reclama.
*117 d.C. Nacen las Constituciones imperiales.
*Nacen dos escuelas: Sabinianos, que dan la razón al emperador y fue fundada por Capiton y los Proculeyanos eran más autonomos y fue fundada por Labeon.
*El emperador Adriano, en su reinado establece el Consilium Principis (Consejo del Principe).
*Constituciones imperiales son decisiones emanadas del emperador.
*Mandata: indicaciones que se dan a un funcionari preton a la distancia.
*Perepistola: por carta para los funcionarios.
*Suscrito: hacia abajo.
(*)Apuntes de clase.

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